Cómo afecta el coronavirus a la Formación Profesional para el Empleo del SEPE

Cómo afecta el coronavirus a la Formación Profesional para el Empleo del SEPE

De acuerdo con la recomendación del Ministerio de Sanidad y las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha decidido suspender, por razones de prevención debido al COVID-19, las actividades formativas presenciales en materia de Formación Profesional para el Empleo, así como la parte presencial de la modalidad de teleformación.

Medidas a adoptar ante el COVID-19 en la Formación Profesional para el Empleo del SEPE

El SEPE ha puesto en marcha una serie de medidas que afectan a las empresas y a los alumnos de la Formación Profesional para el Empleo:

  • Las empresas o las entidades organizadoras deberán informar a través de las correspondientes aplicaciones informáticas el inicio de la suspensión y la reanudación de las formaciones.
  • Las convocatorias de oferta; y los plazos de ejecución y de justificación de las subvenciones, también se adaptarán a esta suspensión. El SEPE informará de las correspondientes resoluciones de ampliación de los plazos.
  • Las acciones formativas de certificados de profesionalidad autorizadas por el SEPE para ser impartidas en la modalidad de teleformación no financiada con fondos públicos, las entidades de formación deberán efectuar la comunicación de la ampliación de los plazos autorizados para realizar la formación derivada de la suspensión de la actividad formativa.
  • Durante el periodo de suspensión establecido por las autoridades sanitarias, el alumnado no podrá asistir a las actividades formativas. La ausencia de los alumnos durante el período de suspensión se considerará falta justificada. Esto también será aplicable a las personas becadas y a los desempleados que tengan derecho a la percepción de ayudas por conciliación contempladas en el artículo 22 de la citada Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.

Contratos para la formación y el aprendizaje

En los territorios donde las autoridades sanitarias hayan acordado la suspensión de la actividad educativa, la actividad formativa presencial (incluyendo la parte presencial de la modalidad online) de los contratos para la formación y el aprendizaje, se aplazarán sin que esto implique una suspensión del contrato.

En estos casos, la formación se aplazará hasta que termine la suspensión y se reanudará sin incrementar la duración acordada del mismo.

Para las empresas, se ha acordado que estas podrán aplicar las bonificaciones para compensar los costes de la actividad formativa y de tutorización en la empresa del trabajador correspondientes al periodo de suspensión de la actividad formativa presencial.

Además de estas medidas relativas a los encuentros presenciales en las actividades de formación, el SEPE ha decidido cerrar sus oficinas. Desde la Subdirección General de Políticas Activas del SEPE y desde la FUNDAE están a disposición de todos por vía telefónica o a través del formulario de contacto para resolver las dudas o nuevas situaciones pudieran ir surgiendo.