Subsidio para mayores de 52 años: cómo hacer la declaración anual (DAR) para continuar cobrándolo

Subsidio para mayores de 52 años: cómo hacer la declaración anual (DAR) para continuar cobrándolo

En 2019, el SEPE lanzó una ayuda para mayores de 52 años que hayan agotado la prestación por desempleo: el subsidio +52. Si ya eres beneficiario de esta prestación, debes saber que para continuar recibiéndola, se tiene que presentar cada año una declaración de las rentas acompañada de la documentación que las justifique. ¿Quieres saber en qué consiste y cómo presentarla? Te lo contamos.

¿En qué consiste la Declaración Anual de Rentas (DAR)?

La Declaración Anual de Rentas, es una declaración obligatoria que se debe presentar a los 12 meses desde que se reconoció el subsidio.

Para seguir percibiendo este subsidio con normalidad, una vez al año debe presentarse esta declaración que demuestre que el beneficiario sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas. En caso de no presentar este trámite, se interrumpiría el cobro del subsidio y de la cotización.

En esta declaración, solo se tendrán en cuenta tus rentas como beneficiario del subsidio y no las del resto de miembros de tu unidad familiar.

¿Cómo presentar la Declaración Anual de Rentas?

Para presentar la DAR, puedes hacerlo bien de forma presencial o bien online.

En caso de que tus ingresos no hayan superado en ningún mes el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), podrás tramitar la declaración anual a través de Internet en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para ello necesitarás disponer de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.

Si no dispones de estos medios de identificación segura o tus rentas han superado en algún mes el importe de 712,50 euros (75% del SMI), para presentar la declaración deberás acudir a tu oficina de prestaciones, previa petición de cita en la Web del SEPE o por teléfono.

¿Cuándo debo presentar la declaración?

El plazo para presentar esta declaración es de 15 días hábiles tras haber transcurrido el primer año desde que se reconoce el subsidio. Es decir, si el SEPE ha reconocido con fecha 1 de abril del 2020 tu subsidio para mayores de 52 años, tendrás 15 días hábiles después del 1 de abril de 2021, para presentar la declaración.

Si tienes más dudas, en la web del SEPE tienen más información sobre el procedimiento. A través de este enlace puedes consultar una guía para presentar la declaración y tramitarla.  

Otras ayudas para profesionales senior: subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares y RAI

Para mayores de 45 años, sin responsabilidades familiares y que acaban de agotar la prestación contributiva por desempleo, existe otra prestación, el subsidio +45. Los requisitos para recibir esta ayuda son: tener más de 45 años, estar en desempleo e inscrito como demandante de empleo, haber agotado el paro y no tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2021.

Puedes saber más sobre esta prestación en este enlace.

Para personas mayores de 45 años en situación de desempleo de larga duración, se puede solicitar la ayuda extraordinaria, RAI (Renta Activa de Inserción). Esta prestación solo se puede cobrar cuando no se tiene derecho a otras ayudas ordinarias, como los subsidios por desempleo. En este enlace puedes saber más